Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0599/2019-S1
Fecha: 24-Jul-2019
II.8.
II.8. Consta memorial de interposición de recurso de compulsa por negativa indebida de recurso de casación, presentado el 28 de septiembre de 2018, por los ahora peticioanantes de tutela (fs. 43 a 47 vta.), que mereció decreto de 1 de octubre de igual año, mediante el cual se dispuso, entre otros aspectos, la remisión de fotocopias legalizadas de las piezas estrictamente necesarias al Tribunal Supremo de Justicia (fs. 48).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. La acción de amparo constitucional no es una instancia procesal adicional que forme parte de las vías legales ordinarias
- III.2. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR