Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0611/2019-S2
Fecha: 31-Jul-2019
II.2.
II.2. El 30 de julio de 2018, el accionante mediante nota de atención, renunció a la designación como Jefe de Carrera de Mecánica Automotriz de la Fundación INFOCAL La Paz, solicitando que se “…permita que vuelva a su función anterior que es la de docente…” (sic) [las negrillas fueron añadidas], recibido en la Jefatura de Personal en la misma fecha (fs. 204).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Conminatoria de Reincorporación JDTLP/DS 0495/155/2018
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En toda acción de amparo constitucional, el agraviado que alegue la lesión de sus derechos y garantías fundamentales
- El tercer requisito de forma, está relacionado con la presentación de la prueba en que se funda la pretensión
- Las pruebas que tenga en su poder o señalamiento del lugar donde se encuentren
- III.2. Análisis del caso concreto
- función anterior
- REVOCAR