SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0611/2019-S2
Fecha: 31-Jul-2019
III.2. Análisis del caso concreto
De los antecedentes que informan del caso y de lo argumentado por el accionante, se tiene que consideró lesionados sus derechos a la vida y al trabajo; toda vez que, tras su renuncia al cargo de Jefe de Carrera de Mecánica Automotriz en la Fundación INFOCAL La Paz, la entidad se rehusó a reincorporarlo como Docente -en la precitada carrera-; no obstante a la emisión de la Conminatoria de Reincorporación JDTLP/DS 0495/155/2018; por lo que -sin solicitar expresamente el cumplimiento de dicha Conminatoria (en su memorial de acción de amparo constitucional ni en la audiencia de consideración)-, impetró ser reincorporado de forma inmediata, disponiéndose el pago de sus salarios devengados y todos los derechos sociales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Conminatoria de Reincorporación JDTLP/DS 0495/155/2018
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En toda acción de amparo constitucional, el agraviado que alegue la lesión de sus derechos y garantías fundamentales
- El tercer requisito de forma, está relacionado con la presentación de la prueba en que se funda la pretensión
- Las pruebas que tenga en su poder o señalamiento del lugar donde se encuentren
- III.2. Análisis del caso concreto
- función anterior
- REVOCAR