Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2019-S2
Fecha: 31-Jul-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de sus derechos a la libertad de locomoción, a la salud, a la vida y al debido proceso, en merito que estando detenido preventivamente solicitó permiso para trasladarse a la ciudad de la Santísima Trinidad con el fin de recibir tratamiento odontológico especializado; empero, la autoridad judicial en lugar de emitir el permiso de viaje, ordenó que el médico forense previamente emita una certificación, lo cual según él, constituye una demora que pone en riesgo su vida y su salud.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. La línea jurisprudencial sobre la tutela del derecho a la vida y su
- c)
- a) El derecho a permanecer con vida, interdicción de muerte arbitraria
- 2)
- 3)
- protege la vida misma, el vivir bien y el derecho asistencial de parte del Estado en supuestos en que este comprometida la vida de una persona;
- es la justicia constitucional la que deberá analizar si realmente se está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción
- III.3. Análisis del caso concreto
- “Sin embargo, debe señalarse que, en todo caso, será la parte accionante la que, tratándose del derecho a la vida, asuma la decisión de formular una acción de libertad o de amparo constitucional; empero, también debe dejarse establecido que, es la justicia constitucional la que deberá analizar si realmente se está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción”
- OFICIE EN EL DÍA AL MEDICO FORENSE DEL IDIF DE LA CIUDAD DE TRINIDAD A FIN QUE EXPIDA CERTIFICADO MÉDICO FORENSE que determine el estado de salud de Franco Flores Hurtado”
- CONFIRMAR