II.7.1.     Sobre la continuidad del servicio de agua potable y responsabilidad del usuario

En torno a la protección del usuario de servicios públicos, respecto al corte de este servicio, existe un aspecto central relacionado con los elementos que definen la prestación del servicio de agua potable, por la relevancia de este líquido elemento, incluso de orden constitucional regida por principios como la universalidad, responsabilidad, accesibilidad, continuidad, calidad, eficiencia, eficacia, tarifas equitativas y cobertura necesaria -art. 20.II de la CPE-.

Ahora bien, respecto a la provisión del servicio de agua potable, no cabe sino hablar de su carácter absoluto respecto a la continuidad del servicio; por cuanto se sustenta en valores del Estado Plurinacional de Bolivia mucho más elevados como el de dignidad, cuya protección debe ser asegurada y principio ético-morales de la sociedad plural como el vivir bien.