AUTO CONSTITUCIONAL 0226/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0226/2019-RCA

Fecha: 05-Ago-2019

II.2.  Del derecho de petición y el principio de subsidiariedad

         Cabe manifestar que, la SC 1995/2010-R (citada por la SCP 0036/2018-S3), ya referida en el Fundamento Jurídico II.2 de este fallo, respecto a la modulación de los requisitos para que se otorgue la tutela por lesión al derecho a la petición puntualmente señala que el impetrante de tutela debe precisar la necesidad de reclamar una respuesta y agotar las vías o instancias idóneas ante la autoridad demandada, siendo un aspecto exigible cuando dichos medios de impugnación son previstos expresamente en el ordenamiento jurídico con dicho objetivo.