Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0230/2019-RCA
Fecha: 08-Ago-2019
Fragmento 9
Respecto al principio de inmediatez, este Tribunal en el AC 0058/2012-RCA de 23 de mayo, señaló que: “Tomando en cuenta que el objeto de la acción de amparo constitucional, es el de otorgar tutela efectiva idónea e inmediata a los derechos fundamentales restringidos o suprimidos de manera ilegal o indebida, se entiende que uno de los principios que rige la acción tutelar es la inmediatez que tiene una doble dimensión.