SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0387/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0387/2019-S3

Fecha: 02-Ago-2019

a)

El accionante por intermedio de su representante, ratificó los términos expuestos en el memorial de su acción libertad y acotando manifestó que: a) De la revisión del cuaderno de control jurisdiccional, se puede establecer que en ocho oportunidades anteriores se suspendieron las audiencias de consideración de cesación a la detención preventiva y en dos ocasiones el análisis de la suspensión condicional del proceso; b) El último señalamiento de audiencia fue para el 13 de ese mes y año, a horas 10:00, instalándose la misma recién a horas 10:35, momento en el cual el Ministerio Público ya no se encontraba, lo que motivó su reprogramación; c) Se fijó nuevo actuado para el 20 del mismo mes y año, sin considerar las anteriores interrupciones; y, d) Con la acción de libertad traslativa o de pronto despacho “…lo que se busca es acelerar el tramite dentro del presente proceso y establecer certeza y seguridad jurídica en el presente caso…” (sic).