Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0387/2019-S3
Fecha: 02-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, denuncia la lesión de sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la presunción de inocencia, así como el acceso a la justicia pronta y oportuna; alegando que, ante la presentación del requerimiento conclusivo de suspensión condicional del proceso por parte del Ministerio Público, el Juez ahora demandado suspendió consecutivamente dos audiencias de consideración de la salida alternativa, mencionando además que en ocho oportunidades anteriores no se llevaron a cabo similares actuados procesales señalados para el análisis de la cesación a su detención preventiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el Tribunal Constitucional Plurinacional considera que, partiendo de la propia naturaleza jurídica de la acción de libertad, desarrollada en el Fundamento Jurídico anterior y cuyo principal objetivo es precisamente tutelar de manera específica el derecho a la libertad, no puede modificarse su esencia y ampliar su espectro de acción a aquellos asuntos netamente procedimentales que, aún cuando devengan del área penal, no se hallen en vinculación con el derecho a la libertad; en consecuencia, mediante la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se hace necesario reconducir el anterior entendimiento y restablecer la jurisprudencia constitucional previa, respecto a la exigencia de vinculación entre el derecho a la libertad y el debido proceso
- el Tribunal Constitucional Plurinacional no puede ingresar al fondo de la problemática planteada por el accionante; dado que, los efectos tanto de la suspensión condicional del proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR