SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0396/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0396/2019-S3

Fecha: 08-Ago-2019

MAGISTRADA

[1] El autor boliviano Horacio Andaluz en su obra: “Aplicación Judicial de la Constitución”, edit. “El país”, Santa Cruz de la Sierra -Bolivia, 2010, pág. 144, sostiene que: “La unidad del sistema jurídico exige que los precedentes constitucionales gocen de preeminencia sobre el derecho ordinario. La razón: su órgano productor es el único autorizado por el sistema para pronunciarse autoritativamente sobre la Constitución (artículo 96). Esto es consecuencia de que el custodio de la Constitución sea un tribunal, un órgano cuyas decisiones son jurídicamente incontrovertibles (artículo 203)”.