SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2019-S3
Fecha: 08-Ago-2019
Fragmento 20
En este contexto y del contraste de la apelación y la Resolución Administrativa Departamental en Grado de Revisión y Apelación, se advierte que la misma no consideró ni otorgó respuesta a todos los agravios de la apelante; en efecto, la Resolución emitida a tiempo de confirmar la resolución enviada en revisión, no se refirió a los puntos ii), iii), iv); y, v) de la Resolución de apelación, incurriendo de esa manera en una indebida fundamentación, relativa a la falta de absolución de todos las denuncias, ciertamente la Resolución cuestionada respondió a algunos puntos pero no a todos, pues algunos de los agravios formulados en la apelación se encuentran sin ningún tipo de contestación; en consecuencia, se advierte que no se cumplió con la segunda finalidad, vinculada a lograr el convencimiento de las partes, que la resolución no es arbitraria y la quinta finalidad relacionada al principio dispositivo que implica la otorgación de respuestas a las pretensiones de las partes.Ahora bien, respecto a los agravios i) y vi) el nombrado Director Distrital, se limitó a corroborar los argumentos del inferior en ese sentido tampoco revisó las denuncias efectuadas por la apelante, cuando está en la obligación de hacer una revisión integral -Capítulo Séptimo de la Resolución Suprema 212414-. Por lo que, estamos frente a una decisión que contiene una motivación insuficiente, lesionando de esta manera el derecho al debido proceso en su elementos de fundamentación y motivación; puesto que, se limitan a efectuar una conclusión sin examinar los puntos denunciados como agravios.
- acción de amparo constitucional
- La falsificación de datos en informaciones oficiales, documentos y la alteración de certificados (raspado, borrado o enmiendas no salvadas)
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 10
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 1) las autoridades
- La observancia del principio dispositivo, implica la exigencia que tiene el juzgador de otorgar respuestas a las pretensiones planteadas por las partes para defender sus derechos.
- Fragmento 14
- b.2)
- b.3)
- c)
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER en parte