SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0414/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0414/2019-S3

Fecha: 12-Ago-2019

III.5.  Desarrollo normativo contra la violencia hacia la mujer en Bolivia

En el país se han establecido importantes compromisos y deberes frente a la violencia contra la mujer, por constituirse en atentatoria al derecho primigenio y fundamental como es la vida por su directa vinculación y relevancia con estadísticas cada vez más crecientes en su drasticidad y riesgos que presenta la mujer no solo en el país, sino en la región y en el mundo, Bolivia ha logrado desarrollar una norma específica ampliamente protectiva que permite a la mujer, ejercer y gozar del derecho a vivir una vida libre de violencia, poniendo en vigencia la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, que está fundada en el mandato constitucional y en los Instrumentos, Tratados y Convenios Internacionales de Derechos Humanos ratificados por Bolivia, que permita garantizar a todas las personas, en particular a las mujeres, el derecho a no sufrir violencia física, sexual y/o psicológica tanto en la familia como en la sociedad, siendo el objeto de la misma según el art. 2 de dicha norma, “…establecer mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección y reparación a las mujeres en situación de violencia, así como la persecución y sanción a los agresores, con el fin de garantizar a las mujeres una vida digna y el ejercicio pleno de sus derechos para Vivir Bien”, habiendo el Estado asumido esta tarea como prioridad nacional, por ser una de las formas más extremas de discriminación en razón de género, por lo que todos los Órganos e instituciones públicas deben adoptar las medidas y políticas necesarias para lograr el objetivo trazado; estableciendo principios como la atención diferenciada para que las mujeres reciban esta según las necesidades y circunstancias específicas que les aseguren el ejercicio pleno de sus derechos, además de una atención especializada en todos los niveles de la administración pública y en especial aquellas de protección y sanción en casos de violencia hacia las mujeres donde los servidores públicos deben contar con los conocimientos necesarios para garantizar a las mujeres un trato respetuoso, digno y eficaz, bajo responsabilidad penal, civil y administrativa.