SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0422/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0422/2019-S3

Fecha: 13-Ago-2019

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia como lesionados sus derechos al debido proceso en sus vertientes de fundamentación y motivación, y de acceso a la función pública; aduciendo que, habiendo impugnado su inhabilitación como postulante a Vocal de Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, los miembros de la Comisión Calificadora Departamental de dicho departamento, mediante la Resolución 006/2018 de 23 de noviembre, confirmaron la misma, al no haber cumplido el art. 30.8 del “Reglamento del Proceso de Preselección de Vocales de las Salas Constitucionales en los Tribunal Departamentales de Justicia”, omitiendo pronunciarse sobre los parámetros objetivos que consideraron relevantes para inferir que el curso que acreditó denominado: “Adolescentes en conflicto con la ley”, no es suficiente para fundar una formación específica en derechos humanos o derecho constitucional, cuál la norma específica que la limita o alguna prohibición reglada; lo que significa que el precitado fallo no se encuentra fundamentado ni motivado, debiendo revocar dicha decisión y tener por cumplida la exigencia prevista en el       art. 30.8 del prenombrado Reglamento y tomar en cuenta los demás puntos impugnados.