SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2019-S3

Fecha: 13-Ago-2019

a)

Solicitó se conceda la tutela en su alcance correctivo y reparador, y en consecuencia se dejen sin efecto: a) El decreto de 13 de agosto de 2018 así como el Auto de 5 de septiembre del mismo año emitidos por la autoridad demandada; b) La apertura del juicio oral determinando la previa resolución del incidente de actividad procesal defectuosa; y, c) Se ordene el pago de costas, daños y perjuicios.

a) Por una parte, la arbitrariedad, es contraria al Estado de derecho (Estado Constitucional de Derecho) y a la justicia (valor justicia        art. 8.II de la CPE). En efecto, en el Estado de Derecho, o ‘Estado bajo el régimen de derecho’ con el contenido asumido por la Constitución bajo la configuración de ‘Estado Constitucional de Derecho’, cuya base ideológica es ‘un gobierno de leyes y no de hombres’, existe expresa proscripción que las facultades que ejercite todo órgano o persona, sea de carácter público o privado que tenga a su cargo el decidir sean arbitrarias y, por el contrario, existe plena afirmación de que el ejercicio de esas facultades deben estar en total sumisión a la Constitución y a la ley visualizando, con ello, claramente el reverso del ya sepultado ‘Estado bajo el régimen de la fuerza’.