SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2019-S3
Fecha: 13-Ago-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En el proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de peligro de estrago a causa del desmoronamiento de un muro colindante, interpuso incidente de actividad procesal defectuosa contra la imputación formal debido a la falta de motivación y fundamentación de la resolución emitida por el Ministerio Público al no contener una descripción de hechos coherente con la calificación jurídica.
Ante tal situación, se produjeron sendas demoras en la notificación a las partes, hasta que el 20 de noviembre de 2018 nuevamente solicitó señalamiento de audiencia para tratar su pretensión, y estando vencido el plazo de seis meses de la etapa preparatoria, se presentó acusación formal, misma que fue aceptada y remitida ante el Juez de Sentencia Penal Sexto de la Capital del departamento de La Paz -ahora demandado- sin resolverse su incidente.
Por ello, presentó memorial el 9 de agosto de igual año ante la autoridad demandada solicitando la devolución de obrados al Juez de Instrucción a fin que se lleve a cabo la audiencia resolviéndose el incidente de actividad procesal defectuosa y proceda a sanear el procedimiento, petición que fue resuelta por decreto de 13 del mismo mes y año, por el que se dispuso no ha lugar por que a criterio de dicha autoridad judicial, debió realizar el respectivo seguimiento de su causa, aspecto que motivó la presentación del recurso de reposición que fue igualmente rechazado a través de una resolución carente de motivación, agotándose de esta manera los mecanismos intraprocesales para resolver su petición, impidiéndole de esta forma la resolución de lo peticionado así como una eventual impugnación contra la decisión que se habría pronunciado.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- (1) El sometimiento manifiesto
- (2) Lograr el convencimiento de las partes que la resolución en cuestión no es arbitraria, sino por el contrario, observa: El valor justicia, los principios de interdicción de la arbitrariedad, de razonabilidad y de congruencia.
- b.1)
- b.2)
- ‘motivación arbitraria
- c)
- (3) Otra de las finalidades que justifica la exigibilidad de una resolución motivada es la de garantizar la posibilidad de control de la resolución en cuestión - judicial, administrativa, etc.- por los tribunales superiores que conozcan los correspondientes recursos o medios de impugnación,
- (4) La exigencia de una resolución motivada también tiene la finalidad de permitir el control de la actividad jurisdiccional o la actividad decisoria de todo
- Fragmento 20
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR