Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0494/2019-S3
Fecha: 26-Ago-2019
II.2.
II.2. A través de la citación de 25 de enero de 2019, Julio César Choque Saramani, Inspector Departamental de Trabajo Santa Cruz, efectuó la citación al representante legal de la Empresa mencionada para que se presente el 29 de igual mes y año, a efecto de responder a la denuncia interpuesta por José Antonio Terán Barahona; audiencia que se llevó adelante con la presencia de ambas partes y concluyó con la sugerencia de que se emita la conminatoria de reincorporación laboral a favor del trabajador (fs. 13 a 16).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de la jurisprudencia constitucional relativa a la conminatoria para la reincorporación del trabajador o trabajadora
- ante un eventual retiro intempestivo
- la conminatoria dispuesta por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, en los alcances del DS 0495, no constituye una resolución que defina la situación laboral de la trabajadora o el trabajador, por cuanto el empleador puede impugnar ésta determinación en la justicia ordinaria
- mal podría pretenderse que esta jurisdicción llegue al convencimiento de que el despido fue o no justificado
- III.2. Respecto al cumplimiento obligatorio de las conminatorias de reincorporación
- III.3. Sobre el pago de salarios devengados, dispuesto en la conminatoria de reincorporación laboral
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1° REVOCAR