Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0594/2019-S4
Fecha: 07-Ago-2019
II.2.
II.2. Como emergencia de dicho control diferido, tal como consta en el acta de diligencia de control diferido 01/2017 de 15 de noviembre, en la revisión física de la mercancía importada realizada en presencia de la Agente Despachante de Aduana, se observó que, de acuerdo con los documentos de respaldo de la DUI, el producto importado fue sardina en salsa de tomate marca NIDEMAR de 210 g, mientras que el etiquetado del producto encontrado consigna LINDYS y JUREL y por ese motivo, la Administración aduanera concluyó que no existía respaldo para estos y presumió la existencia de contrabando contravencional (fs. 766 a 767).
- acción de amparo constitucional
- a)
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados.
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- arbitrariedad
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- ii)
- REVOCAR