Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0638/2019-S2
Fecha: 05-Ago-2019
denegó
La Sala Constitucional Segunda del departamento de Potosí, mediante Resolución 1/2019 de 13 de marzo, cursante de fs. 253 a 262 vta., denegó la tutela solicitada, y dejó sin efecto la medida cautelar dispuesta, argumentando que el accionante no expuso el derecho o garantía que hubiese vulnerado la Resolución 19/2016, por la cual se resolvió la recusación, que al no constar los agravios consignados en la presente acción de amparo constitucional, en la apelación de la resolución sancionatoria, no se cumplió con el principio de subsidiariedad; dado que, la instancia disciplinaria no puede inmiscuirse ni realizar interpretaciones correspondientes al ámbito jurisdiccional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1.1.2. Derechos supuestamente vulnerado
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- a)
- 1)
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- prohibición de exceso en la actuación del poder
- una disminución en el ejercicio de los mismos debe tener una causa justificada y solo en la medida necesaria
- aplicar una disposición legal que limita un derecho fundamental, debe efectuar un juicio de proporcionalidad
- Las decisiones que asuma la administración, además de ser legales, deben ser proporcionales
- uno
- III.3.
- .
- REVOCAR
- 2°
- MAGISTRADA