Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0638/2019-S2
Fecha: 05-Ago-2019
II.3.
II.3. A través del memorial presentado el 27 de septiembre de 2017, el accionante interpuso recurso de apelación contra la Resolución Administrativa Disciplinaria 42/2017, argumentando que no se valoró la prueba que se ofreció, como los antecedentes del cuaderno de control de la investigación y el informe sobre la denuncia penal interpuesta en su contra; que se hizo una lectura literal de la Resolución 19/2016 que resolvió la recusación, cuando merecía su interpretación, aplicando de forma autómata la sanción del art. 187.4 de la LOJ, sin tomar en cuenta la sana crítica (fs.108 a 111).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1.1.2. Derechos supuestamente vulnerado
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- a)
- 1)
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- prohibición de exceso en la actuación del poder
- una disminución en el ejercicio de los mismos debe tener una causa justificada y solo en la medida necesaria
- aplicar una disposición legal que limita un derecho fundamental, debe efectuar un juicio de proporcionalidad
- Las decisiones que asuma la administración, además de ser legales, deben ser proporcionales
- uno
- III.3.
- .
- REVOCAR
- 2°
- MAGISTRADA