SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2019-S4
Fecha: 14-Ago-2019
no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al
En esta línea de entendimiento no toda reclamación de la vulneración al derecho al debido proceso puede ser resuelto por la acción de libertad, en esta línea la SC 1865/2004-R, de 1 de diciembre, sostuvo que: “La jurisprudencia del Tribunal Constitucional, ha establecido de manera reiterada y uniforme que ‘la protección que brinda el Recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes’ (SSCC 1034/2000-R, 1380/2001-R, 1312/2001-R, 111/2002-R, 81/2002-R, 397/2002-R, 940/2003-R, 1758/2003-R y 0219/2004-R, entre otras)” (las negrillas nos corresponden).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión;
- el Juez debe tramitar de manera rápida una solicitud de perdón judicial por depender de ella un resultado que involucra a la libertad
- mientras el beneficio sea tramitado, no se puede ejecutar el mandamiento de condena, pues resultaría contrario a la naturaleza del beneficio, el hecho de tener que encarcelarlo antes de su otorgación
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- 2° Disponer