Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2019-S4
Fecha: 21-Ago-2019
II.3.
II.3. A través de providencia de 31 de enero de 2019, inscrita en la parte superior derecha de la nota PLANIF.ACAD. OF. 050 de 30 de enero de 2019, el Vicerrector de la U.M.R.P.S.F.X.CH., dispuso que la misma, sea puesta en conocimiento de los interesados; determinación cumplida en la referida fecha, conforme consta de las firmas estampadas por los accionante y sus representada (fs. 7 y 52 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- del contenido esencial del derecho de petición es la obtención de respuesta, en el ámbito de la eficacia horizontal del derecho de petición, debe resaltarse que el fundamento de este elemento, precisamente es la certidumbre
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR