Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0679/2019-S2
Fecha: 12-Ago-2019
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante a través de su abogado, ratificó el memorial de su demanda presentada y ampliándola refirió que los Vocales hoy demandados indicaron que es enteramente responsabilidad del imputado y no designaron un abogado de la defensa pública para que éste le asista en la audiencia de consideración de su apelación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- controvertir, contradecir, presentar pruebas y objetar las de contrario; así como solicitar la producción y valoración del acervo probatorio que se considere favorable; en consecuencia, hacer uso de todos los recursos previstos en el ordenamiento jurídico para lograr establecer la verdad de los hechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 2° ORDENAR