Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0679/2019-S2
Fecha: 12-Ago-2019
II.3.
II.3. Mediante acta de audiencia de fundamentación de apelación incidental de medida cautelar de 29 de octubre de 2018 y Resolución 401/2018 de misma fecha, emitida por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, se advierte que se instaló el acto procesal, estando únicamente presente la parte imputada y ausente su abogado defensor y se confirmó el Auto Interlocutorio 0120/2018, mantenido las medidas sustitutivas de detención preventiva del accionante (fs. 10 a 12 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- controvertir, contradecir, presentar pruebas y objetar las de contrario; así como solicitar la producción y valoración del acervo probatorio que se considere favorable; en consecuencia, hacer uso de todos los recursos previstos en el ordenamiento jurídico para lograr establecer la verdad de los hechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 2° ORDENAR