SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2019-S1
Fecha: 07-Ago-2019
i)
A lo cual el Tribunal de garantías respondió que: i) Evidentemente los actos tienen carácter personalísimo, pero que en este caso se determinó dentro de las medidas sustitutivas a la detención preventiva la prohibición de acercarse a la víctima sea directa o por terceras personas, siendo este aspecto el que fue incumplido por el imputado ahora impetrante de tutela; por lo que, se debe tener en cuenta que la primera causal de revocatoria de las medidas sustitutivas, es precisamente que el procesado incumpla cualquiera de las medidas, aspecto que en el caso ocurrió, pues si bien el encausado no se acercó a la precitada víctima directamente, lo hizo a través de terceras personas, manifestándose en el Auto de Vista que incluso se mantuvo comunicación, existiendo mensajes de whatsapp donde el imputado manda unos mensajes, habiéndose reconocido en esta audiencia que efectivamente los familiares del mismo se comunicaron con la víctima; por lo que, justamente en base a ese acercamiento es que el Tribunal de apelación optó por revocar las medidas sustitutivas, tanto por el acercamiento a la víctima por terceras personas, como porque el propio imputado intentó comunicarse con la misma; y, ii) La documentación a la que hace referencia no es sobreviniente; toda vez, que la revocatoria se interpuso como consecuencia de la llamada de terceras personas, siendo este el motivo original, y la resolución que emitió el Tribunal de alzada es emergente de las solicitudes de esa revocatoria, y por lo tanto -reitera- no es sobreviniente, sino que simplemente se presentó la documentación que ya había sido manifestada en la solicitud de revocatoria.
- acción de libertad
- la prohibición de forme directa o por terceras personas a la víctima o familiares de la víctima
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- i)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la obligación del Tribunal de alzada de fundamentar y motivar las resoluciones judiciales que dispongan, modifiquen o mantengan una medida cautelar
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- III.3. Otras consideraciones
- 2° Llamar la atención