Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2019-S1
Fecha: 07-Ago-2019
I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
El peticionante de tutela a través de su representante sin mandato, considera la lesión de sus derechos a la libertad, debido proceso, igualdad jurídica, inviolabilidad de la defensa, tutela judicial efectiva y principios constitucionales de legalidad y seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 13.I; 22, 23.I y III; 24, 109.I y II; 110; 114.I, 115, 116, 117, 119, 120, 125, 178 y 180, todos de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
- acción de libertad
- la prohibición de forme directa o por terceras personas a la víctima o familiares de la víctima
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- i)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la obligación del Tribunal de alzada de fundamentar y motivar las resoluciones judiciales que dispongan, modifiquen o mantengan una medida cautelar
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- III.3. Otras consideraciones
- 2° Llamar la atención