SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0692/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0692/2019-S2

Fecha: 12-Ago-2019

el incidente de nulidad es un instituto jurídico de aplicación en el ámbito jurisdiccional, el cual debe ser interpuesto con anterioridad a acudir a la vía constitucional, únicamente en trámites judiciales; sin embargo; en materia administrativa, conforme a lo expuesto en Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo, esto no resulta razonable

           En ese orden, el fallo constitucional plurinacional precitado en forma posterior a efectuar fundamentación en relación a la imposibilidad de plantear incidentes dentro del proceso administrativo y a la aplicación del principio de subsidiariedad vía acción de amparo constitucional; concluyó corresponder denegar la tutela sustentando su decisión en que: “…la problemática a dilucidar a través del presente fallo es la alegada falta de fundamentación y motivación en la respuesta realizada a través de la Nota SERECI LP-DD 1106/2017, puesto a conocimiento de la peticionante el 3 de enero de 2018, la cual declaró no ha lugar el incidente de nulidad de notificación planteado por la accionante, en ese mérito, debe comprenderse que el incidente de nulidad es un instituto jurídico de aplicación en el ámbito jurisdiccional, el cual debe ser interpuesto con anterioridad a acudir a la vía constitucional, únicamente en trámites judiciales; sin embargo; en materia administrativa, conforme a lo expuesto en Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo, esto no resulta razonable, en razón a que la tramitación de tal mecanismo procesal daría lugar a que se emita una segunda resolución administrativa definitiva, ya que esta clase de fallos están revestidos del carácter de irrevocabilidad en la sede aludida, sin perjuicio del uso de los otros recursos dispuestos por norma.