SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0726/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0726/2019-S1

Fecha: 12-Ago-2019

todas las actuaciones procesales deben ser comunicadas con una eficacia material, de lo contrario, se estaría provocando indefensión…’

Por su parte, la SCP 1980/2013 de 4 de noviembre, concluyó que:  ‘…tanto la normativa procesal vigente como la jurisprudencia constitucional, establecen y refrendan que en la sustanciación de los procesos jurisdiccionales como administrativos, se debe garantizar,   entre otros, el ejercicio pleno de los derechos a la defensa y por ende  del debido proceso; de modo que, todas las actuaciones procesales deben ser comunicadas con una eficacia material, de lo contrario, se estaría provocando indefensión…’(las negrillas corresponden al texto original).