SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0728/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0728/2019-S2

Fecha: 28-Ago-2019

Fragmento 23

La justicia constitucional, asumiendo su rol de protector de los derechos fundamentales identificó circunstancias y personas que se hacen meritorias de una protección especial y reforzada, situación en la que es viable prescindir la observancia del principio de subsidiariedad; en la problemática que se examina, el accionante Martín Janco Villarpando, ingresa al grupo de vulnerabilidad a los fines de la tutela constitucional pretendida al tratarse de un adulto mayor, conforme se tiene de los datos personales consignados en su cédula de identidad cursante a fs. 23; por lo tanto, en aplicación del principio de favorabilidad, comprendida como elemento orientador de la actividad jurisdiccional de este Tribunal Constitucional Plurinacional, es factible prescindir del principio de subsidiariedad, habida cuenta que, si bien es cierto que el Auto de 25 de enero de 2019, corresponde a un auto definitivo que corta todo procedimiento ulterior, el accionante pudo impugnar dicha decisión en el marco de lo establecido por el art. 87.I de la LSNRA, el cual establece que contra la sentencia procederán los recursos de casación y nulidad ante el Tribunal Agroambiental, que deberán presentarse ante el Juez de instancia; sin embargo, existiendo en la justicia constitucional un trato preferente a las personas adultas mayores, se determinó que es posible la presentación directa de la acción de amparo constitucional, sin necesidad de agotar previamente los medios de impugnación existentes, conforme a lo expuesto en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional.