SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0766/2019-S1
Fecha: 26-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que dentro del proceso de saneamiento simple que solicitó de su lote de terreno de 2 000 m², fueron vulnerados sus derechos a la propiedad privada, al debido proceso y “seguridad jurídica”; por cuanto, las autoridades demandadas, declararon la incompetencia del INRA, a través de las respectivas RRAA 039/2017, 043/2017 y 68/2018, en aplicación del art. 11 del DS 29215 y la Ley 118 de 30 de noviembre de 2018- la cual estableció la ampliación de la mancha urbana- sosteniendo que dicho inmueble se hallaba en el área urbana del Municipio de Colcapirhua; empero, no se esperó que se homologue la ampliación de la mancha urbana; tampoco, se consideró que la indicada propiedad se encontraba en la zona de conflicto de límites entre los Municipios de Colcapirhua y Tiquipaya; ni que existía documentación que acreditara que el mismo pertenecía a la jurisdicción del último Municipio referido, donde no se verificó sobre la existencia de una ley que amplíe la mancha urbana que afectara a su lote.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas:
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17