VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0737/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0737/2019-S2

Fecha: 28-Ago-2019

REVOCAR en parte

En todo caso, considero que debió REVOCAR en parte dicha Resolución Constitucional; y en consecuencia: CONCEDER en parte la tutela solicitada, efectuando un desarrollo argumentativo sobre el derecho colectivo de las NPIOC, a ejercer sus sistemas jurídicos propios, con base en una interpretación plural o intercultural del derecho al debido proceso, con la finalidad de dar mayor certeza al accionante y a las autoridades demandadas respecto a la problemática jurídica planteada; tal cual se realizará en el presente Voto Disidente, a través de los siguientes fundamentos y términos dispositivos:

Consiguientemente, a criterio de la suscrita Magistrada, el Tribunal de garantías al conceder la tutela impetrada sobre la base de interpretaciones restrictivas de los derechos colectivos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, desconociendo su competencia para conocer y resolver conflictos internos, no obró correctamente; por lo que, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0737/2019-S2 de 28 de agosto, debió REVOCAR en parte la Resolución 028/2019 de 27 de marzo de 2019, cursante de fs. 104 a 106, pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del departamento de La Paz; y, en consecuencia: