AUTO CONSTITUCIONAL 0285/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0285/2019-RCA

Fecha: 12-Sep-2019

II.3.  En relación a los actos consentidos como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional

El AC 0325/2017-RCA de 8 de septiembre, desarrolló jurisprudencia sobre el particular, citando a la SCP 0104/2017-S2 de 20 de febrero, y esta a su vez a la SCP 0201/2015-S3 de 12 de marzo, que efectuaron el siguiente razonamiento: «…la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional en su art. 74, establece las causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional, y como una de ellas, en el numeral 2 del mismo artículo, determina su improcedencia en virtud a los actos consentidos libre y expresamente. Causal que también se encuentra contemplada en el art. 53.2 del CPCo, en el que se establece que la acción de amparo constitucional no procederá: “Contra actos consentidos libre y expresamente, o cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado”.