ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0765/2019-S2
Fecha: 04-Sep-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso de homologación de asistencia familiar seguido en su contra, el Juez demandado se parcializó totalmente con la madre de su hija -a quien no la ve, ni sabe de ella hace un año y medio- y en cuyo favor cumplía una asistencia familiar de Bs350.-(trescientos cincuenta bolivianos), emitiendo resoluciones sin prueba alguna, que dé cuenta de sus posibilidades económicas y las necesidades de su hija; y sin llevar a cabo la audiencia preliminar dictó Resolución 114/2019 de 8 de marzo, en la que incrementó la asistencia familiar a la suma de Bs1000.-(un mil bolivianos) subiendo casi un 200%, sin tomar en cuenta el sueldo básico.
Por estos hechos presentó una denuncia ante el Consejo de la Magistratura del distrito de La Paz; empero, la encargada de su caso, también se parcializó con el Juez demandado, dejándolo impotente, discriminado, indefenso, ilegalmente perseguido y encarcelado a gusto de la madre de su hija, quien pretende lucrar con la asistencia familiar a costa suya.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- , empero para ello, previamente se deben agotar los mecanismos de protección específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, operando la acción de libertad solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.2. Análisis del caso concreto
- Informe de Control y Fiscalización - Distrito La Paz Cite: C.M./C.F./L.P. - INF 13/2019
- Resolución 114/2019
- CONFIRMAR
- no requiere del agotamiento previo de medios o recursos, para acudir ante la autoridad competente que actúa como tribunal de garantías, en busca de la tutela al derecho a la libertad física y/o de locomoción y hasta la vida misma, si está afectada por la amenaza, restricción o supresión a la libertad
- todo acto de las entidades que administran justicia, deben sujetarse a los principios y valores constitucionales, a los que también está sujeto este Tribunal Constitucional, de tal manera que debe evitar cualquier intromisión, pero también conflicto o tensión con otras jurisdicciones, como es la ordinaria, debiendo en todo caso actuar dentro de los márgenes de razonabilidad y equilibrio”
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata.