Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0516/2019-S3
Fecha: 02-Sep-2019
III.
El accionante denuncia la lesión de su derecho a la libertad; puesto que, los demandados le arrestaron indebidamente como efecto del operativo policial de patrullaje efectuado en la av. América de la ciudad de Cochabamba, por la supuesta comisión del delito de conducción peligrosa, donde se percataron que su licencia para conducir estaba suspendida definitivamente; sin embargo, merecía sólo una boleta de infracción.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad exige que arbitrariedades cometidas por funcionarios policiales o por autoridad fiscal deben denunciarse ante el juez de instrucción penal. Jurisprudencia reiterada
- Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, y todavía no existe aviso del inicio de la investigación, corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de turno.
- III.3.
- REVOCAR