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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2019-S3

    Fecha: 02-Sep-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 14
    • III.1.   La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
    • Se rige esencialmente por los principios de subsidiariedad e
    • (OBJETO).
    • Fragmento 18
    • computables a partir de la comisión de la vulneración alegada
    • Entendimiento, que está sustentado básicamente en el principio de preclusión de los derechos para accionar, pues por principio general del derecho ningún actor procesal puede pretender que el órgano jurisdiccional esté a su disposición en forma indefinida, sino que sólo podrá estarlo dentro de un tiempo razonable
    • el recurso debe ser presentado hasta dentro de los seis meses de ocurrido el acto ilegal u omisión indebida
    • comienza a computarse desde la comisión de la vulneración alegada
    • Fragmento 23
    • Fragmento 24
    • III.3.   Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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