SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2019-S3

Fecha: 02-Sep-2019

1)

La accionante a través de su abogado, ratificó inextenso los términos del memorial de acción de amparo constitucional acotando que: 1) La Asociación de Comerciantes Minoristas en Artículos Varios “Central Villa Dolores” está autorizada al asentamiento en los espacios de dominio público a cargo del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, desde la calle dos hasta la cinco de la zona del mismo nombre, conforme al plano de la aludida urbanización; 2) La Unidad de Ferias y Mercados de la entidad edil prenombrada, vulneró el derecho al trabajo con el decomiso de su mercadería en cinco oportunidades y como señaló la “sentencia Constitucional 177/2002…” (sic), esta situación también afectó a la familia que depende de ella; 3) Se lesionó el derecho a la defensa, porque no se le otorgó información contenida en la carpeta “214”, en la que se encuentra el plano de asentamientos; 4) No fueron contestadas las notas presentadas ante la mencionada instancia municipal, por las cuales se impetró la extensión de fotocopias del referido cuaderno; y, 5) En el lugar donde se encontraba instalado su puesto de venta se colocó barandas de concreto y el espacio fue cedido al dueño de casa para un supuesto garaje.