SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2019-S3

Fecha: 02-Sep-2019

III.2.  Análisis del caso concreto

La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo, a dedicarse al comercio, a la petición, a la defensa y a la “seguridad jurídica”, en razón a que los demandados la despojaron de uno de sus puestos de venta a través de operativos que no le fueron notificados, procediendo al decomiso de su mercadería, disminuida al momento de su entrega, cediendo este espacio al propietario del inmueble aledaño quien a la fecha tiene estacionado su vehículo en el lugar y que cuando requirió copias de los actuados insertos en su caso, la solicitud no le fue atendida.

Bajo ese contexto, cabe puntualizar que el objeto de la presente acción de amparo constitucional, es la denuncia de no permitir el ingreso a un puesto de venta ejercido por los demandados y la aparente cesión del mismo a una tercera persona, pese a que la accionante cuenta con documentación que acredita la posesión de los puestos 96 y 125 otorgados por el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz a la Asociación de Comerciantes Minoristas en Artículos Varios “Central Villa Dolores” a la que ella está afiliada, derivando dicha acción en medidas de hecho en perjuicio de la economía de esta última y la de su familia. Por lo que, se pasa a resolver punto por punto los hechos denunciados: