SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2019-S3

Fecha: 02-Sep-2019

denegó

La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Resolución 030/2019 de 29 de marzo, cursante de fs. 235 a 238, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) Para la procedencia de la acción de amparo constitucional, se debe demostrar los hechos indebidos, los derechos conculcados y su petitorio, sobre el primer punto, sólo se hizo referencia a la conducta asumida por las autoridades municipales, respecto al despojo del puesto de venta que la accionante alegó como suyo, sin probar de qué manera se transgredió su derecho al trabajo; 2) Conforme al listado y plano de la Asociación de Comerciantes Minoristas en Artículo Varios “Central Villa Dolores”, el puesto de venta signado con el número 97 le corresponde a la “Sra. Rosa Larico”, el cual se considera ilegal en su asentamiento, en razón a que se halla junto al ingreso de garaje de un inmueble; 3) Con relación a la incautación de la mercadería, su devolución a la ahora peticionante de tutela, quedó acreditada mediante acta de conformidad de 30 de noviembre de 2018; 4) No se tiene por vulnerado su derecho al trabajo por contar con sus dos puestos de venta en funcionamiento; y, 5) Quien estaría interfiriendo en la instalación del supuesto puesto de venta, sería el propietario del inmueble y no así los actuales demandados, quienes no tendrían legitimación pasiva.

En la vía de complementación y enmienda, la impetrante de tutela solicitó se lea el acta de entrega de mercadería ya que la misma fue supuestamente efectivizada el 19 de abril y que se encontraba en estado de putrefacción, cuando en realidad se les notificó el 28 de octubre para la realización de dicho acto fijado para el 7 de noviembre -no precisa años-. En respuesta la Sala Constitucional precitada refirió que, la prenombrada tendría que acudir a las autoridades llamadas por ley para denunciar estos extremos.