SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2019-S3

Fecha: 02-Sep-2019

II.3.

II.3.  Mediante memorial de 20 de julio de 2018, Zulema Encinas Justiniano interpuso protesta de interponer recurso de revisión extraordinaria de sentencia; en cuyo mérito, la Sala Plena del Tribunal Agroambiental emitió el Auto Interlocutorio Definitivo SP 04/2018 de 14 de agosto, determinado su inadmisibilidad por haber sido formulada de manera extemporánea; expresando fundamentalmente que “…se emitió el Auto Nacional Agroambiental S1a N° 15/2017 de 17 de marzo (…), con actuado de notificación a Zulema Encinas Justiniano de 21 de marzo de 2017, extremos que se evidencian de la documentación presentada de fs. 2 a 18 de obrados…” (sic), que el citado memorial de acuerdo al cargo de recepción fue presentado ante esa instancia el 26 de julio de 2018 “…y teniendo en cuenta el plazo de ejecutoria del Auto Nacional Agroambiental S1a N° 15/2017 de 21 de marzo de 2017 y la fecha de presentación del memorial de Protesta Formal de usar el Recurso Extraordinario de Revisión de Sentencia (…), se tiene que se ha interpuesto la protesta formal fuera del plazo fatal de un año establecido por el art. 286.II del Código Procesal Civil, de lo que se concluye que la inobservancia por parte de la recurrente de este plazo legal, ha ocasionado que su derecho de accionar haya caducado” (sic). Actuado con el que fue notificada mediante cédula fijada en el tablero de Sala Plena el 10 de agosto del indicado año (fs. 5 a 10).