SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2019-S3

Fecha: 09-Sep-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante un documento privado, se desempeñó ad honorem como maestro de primer y segundo curso del nivel primario; asimismo, por Memorándum de Designación Carrera Docente 0030562 de 12 de marzo de 2018, se le designó como profesor de año de escolaridad primaria de la Unidad Educativa Juan Evo Morales Ayma de Caracollo del departamento de Oruro, de forma directa con “…ítems por transparencia - SIN COMPULSA…” (sic).

Desde su nombramiento, cumplió satisfactoriamente sus funciones, fruto de ese esfuerzo, recibió un nuevo Memorándum CITE: M/DDEC/-044/18 de 2 de abril de 2018, por el que se le designó como Director Encargado de la mencionada Unidad Educativa, otorgándole el ítem 8, que por las características de la normativa en educación, no puede ser motivo de una compulsa en primera instancia; sin embargo, el 15 de febrero de 2019, de forma sorpresiva se enteró que su ítem se hubiese convocado a proceso de selección y designación, justificando que su persona no cumplió con la antigüedad en zona alejada y en virtud a una declaración voluntaria en la cual expresó que pondría su cargo a disposición a colegas con mayores méritos, acogiéndose a la permuta o cambio, vulnerando sus derechos y siendo discriminado debido a que en la normativa de escalafón docente -siendo lo correcto, Reglamento del Escalafón Nacional del Servicio de Educación- y en la “Ley de Educación”, no existe tal procedimiento; asimismo, establece que para docentes del área rural, se debe cumplir un año de servicio, de acuerdo al art. 73 de dicho Reglamento; es así que, fue un retiro discrecional e injustificado; motivo por el que, presentó memorial ante el ahora demandado, quien no quiso recibirlo; nuevamente, el 6 de marzo de 2019, interpuso escrito solicitando su reincorporación a su fuente laboral; sin embargo, “hasta la fecha” no cuenta con una respuesta a su petición.

El 15 del citado mes y año, presentó memorial dirigido a Eduardo García Morales, Director Departamental de Educación de Oruro, quien lo derivó al Área de Educación Regular pero igualmente, sin obtener respuesta; razón por la cual, el 22 de idéntico mes y año dirigió nota ante la merituada autoridad invocando el silencio administrativo.