SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0584/2019-S3
Fecha: 11-Sep-2019
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución de 22 de mayo de 2019, cursante de fs. 104 a 105 vta., pronunciada por el Juez Público Mixto Civil y Comercial, de la Niñez y Adolescencia y de Sentencia Penal Primero de Punata del departamento de Cochabamba; y en consecuencia; CONCEDER la tutela impetrada, disponiendo que el Juez demandado señale nueva fecha y hora de audiencia para la consideración de la cesación de la detención preventiva presentada por los accionantes, salvo que por el tiempo transcurrido ya se haya llevado a cabo este actuado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- Se suspende la audiencia de consideración, por causas o motivos que no justifican la suspensión, ni son causales de nulidad
- el tratamiento que debe darse a las solicitudes en la que se encuentre de por medio el derecho a la libertad, entre ellas, la cesación de la detención preventiva, debe tener un trámite acelerado y oportuno, pues de no hacerlo podría provocarse una restricción indebida de este derecho
- todas aquellas solicitudes vinculadas a la libertad del imputado, en especial la cesación de la detención preventiva, deben ser tramitadas con la debida celeridad
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR