SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0612/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0612/2019-S3

Fecha: 13-Sep-2019

II.4.

II.4.    A través del PIET AN-GRPGR-SET-PIET-003/2015 de 3 de febrero, el Gerente Regional Potosí a.i de la ANB anunció a la impetrante de tutela que se daría inicio a la ejecución de la deuda tributaria al tercer día de su legal notificación con el presente Proveído, a partir del cual se aplicarían en su contra las medidas coactivas correspondientes, conforme establece el art. 101 del CTB (fs. 179); Proveído con el que fue notificada la accionante mediante cédula el 20 del mismo mes año, en su domicilio sito en la zona Villa Pagador, calle Quillacas 6680 (fs. 175).