SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0614/2019-S3

Fecha: 13-Sep-2019

1)

La parte impetrante de tutela, ratificó los argumentos expuestos en el memorial de acción de amparo constitucional; asimismo, manifestó que: 1) El proceso penal se inició a partir de un control diferido regular en el que se observó que el certificado medioambiental que se utilizó para la importación de un vehículo no era legítimo; 2) Las Resoluciones jerárquicas que confirmaron los fallos de rechazo y sobreseimiento carecen de fundamentación y motivación, ya que no se hizo referencia a la Ley General de Aduanas ni a su Reglamento, y tampoco a la normativa propia de la materia aduanera; 3) No se les dio un trato igualitario en el trámite del proceso, impidiéndoles la oportunidad de llegar a la instancia de juicio oral, a pesar de existir suficientes medios probatorios; 4) No se agotaron todos los medios investigativos necesarios, ya que el Ministerio Público no tomó las declaraciones del personal de la Agencia Aduanera Despachante; y, 5) Se liberó de toda responsabilidad a Yolanda Rosario Gonzales Foronda y Richard Sande López Rondal, llevándose el juicio oral solamente contra el acusado Nelson Tirado Agreda.

1)      El Fiscal de Materia al momento de emitir el sobreseimiento a favor de Richard Sande López Rondal, concluyó que este en su  declaración informativa habría señalado que no tuvo ninguna participación, puesto que encomendó a la Agencia Despachante de Aduana representada legalmente por Yolanda Rosario Gonzales Foronda las diligencias correspondientes para la obtención de la Declaración Única de Importación (DUI); en consecuencia, ella tendría la responsabilidad penal por los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado;