SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2019-S3

Fecha: 13-Sep-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro el proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves, se emitió requerimiento conclusivo de acusación formal y desde el 26 de febrero de 2019, se encuentra radicado en el Juzgado de Sentencia Penal Segundo de El Alto del departamento de La Paz, no habiendo sido notificado aún el Fiscal de Materia asignado al caso, incumpliendo de esa forma con lo establecido en el art. 340 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

Estando detenido preventivamente en el Centro Penitenciario San Pedro del departamento antes indicado, en previsión del art. 239.1 del CPP, solicitó audiencia para la consideración de cesación de dicha medida cautelar, misma que fue programada por la Jueza ahora demandada para el 27 de mayo de ese año, pese a tener conocimiento que por la celebración del día de la madre el mencionado acto no se llevaría a cabo, por lo que llegado el día establecido tuvo que volver a pedir un nuevo señalamiento, el cual fue decretado para el 3 de junio del año referido, siendo que tampoco fue instalado debido a que el cuaderno de juicio oral nunca se puso a la vista, impidiendo que las notificaciones pertinentes sean realizadas; por lo que, una vez más impetró fecha para la audiencia indicada, que fue dispuesta para el 10 del mes y año ya señalados. Encontrándose presente en el citado Juzgado, el Secretario Abogado le informó que la Jueza demandada fue al dentista, sin autorización de la unidad de control de personal y que por supuestas órdenes de la mencionada autoridad, el aludido funcionario elaboró nuevo señalamiento para el 14 del citado mes y año, sin tener competencia para ello, causando así una demora procesal respecto a la solicitud de modificación de su situación jurídica, sin considerar además su condición de adulto mayor.