Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0737/2019-S4
Fecha: 03-Sep-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, a través de sus representante legales, denunció lesión al debido proceso en sus vertientes derecho a la defensa, impugnación, debida fundamentación y motivación, de acceso a la justicia y congruencia de las resoluciones; toda vez que, objetando que la citada Resolución Sobreseimiento emitida, fue resuelto a través de la Resolución Jerárquica FDC/OVE IS 441/2018 pronunciada por el ex Fiscal Departamental de Cochabamba, que ratificó la decisión cuestionada, sin fundamentar ni motivar la misma, además de no tomar en cuenta los argumentos vertidos en su objeción e incorporando nuevos elementos que no fueron impugnados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- a)
- I.2.3 Intervención de los terceros interesados
- concedió parcialmente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público. Jurisprudencia reiterada
- El deber de motivación y fundamentación de las resoluciones alcanza a las autoridades judiciales y administrativas y, en ese ámbito, también los Fiscales de Materia están obligados a fundamentar sus determinaciones, conforme lo establece el art. 73 del CPP,
- III.2. La congruencia de las resoluciones judiciales y requerimientos Fiscales. Jurisprudencia reiterada
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- i)
- REVOCAR