Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0743/2019-S4
Fecha: 05-Sep-2019
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela y se ordene a la autoridad ahora demandada, resuelva su salida laboral conforme establece el art. 250 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y su salida judicial al centro de salud “PROSALUD” de Miraflores, a objeto de ser valorado por medicina general y gastroenterología, con relación al art. 240 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- ) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca
- cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR