Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0743/2019-S4
Fecha: 05-Sep-2019
II.2.
II.2. Cursa escrito presentado el 20 de febrero de 2019, la autoridad demandada, a través del cual, el impetrante de tutela, cumpliendo la providencia de 15 de enero de 2019, adjuntando prueba requerida, solicitó su salida laboral en aplicación del art. 250 del CPP, impetrando se oficie al Comando General de la Policía Boliviana – Dirección Nacional de Personal para que informen su disponibilidad laboral y restitución a su fuente laboral (fs. 35 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- ) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca
- cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR