SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0791/2019-S2
Fecha: 05-Sep-2019
a)
Solicita se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, se ordene a los demandados la restitución de sus puestos de venta y cese la restricción de manera directa, indirecta o por medio de terceras personas a su derecho al trabajo y al asentamiento que tiene sobre los siguientes puestos de venta: a) Juan Marcelo Mayta Huanca, ubicado en la Fila “A” 60 y la Fila “B” 62; b) Julia Marisol Choque Huanca, ubicado en la Fila “Riel” 4; y, c) Ruth Flores Choquehuana, ubicado en la Fila “A” A-59 y Final “Riel” 1, asentados los días jueves y domingo en la av. Panorámica Norte, entre “calles René Vargas y L. de la Vega de la zona 16 de julio de El Alto, debidamente autorizados mediante Ordenanza Municipal (OM) 108/93 otorgada por el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto y sea con resarcimiento de las siguientes ganancias devengadas” (sic): De Juan Marcelo Mayta Huanca, Bs117 569.- (ciento diecisiete mil quinientos sesenta y nueve bolivianos); Julia Marisol Choque Huanca, Bs104 000.- (ciento cuatro mil bolivianos); y, Ruth Flores Choquehuanca, Bs88 000.- (ochenta y ocho mil bolivianos); más intereses, daños, perjuicios, costas judiciales y costos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de los demandados
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II
- i)
- Fragmento 12
- III.1. Sobre la flexibilización de la legitimación pasiva respecto de órganos colegidos
- III.2.
- procesos administrativos y en todos aquellos que se presentan en la esfera privada de las instituciones, asociaciones o cooperativas, donde se tenga que determinar una situación con efectos jurídicos que repercuten en los derechos de las personas
- debido proceso se encuentra ligado de manera íntima con el derecho a la defensa
- por ello, el derecho a la defensa es inviolable por los particulares o autoridades que impidan o restrinjan su ejercicio.
- debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- siendo suficiente que la demanda se plantee contra su representante legal o del directorio en su caso
- si la misma se hubiera emitido prescindiéndose de los mecanismos y procedimientos legales previstos para el efecto
- REVOCAR
- MAGISTRADO