SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0791/2019-S2
Fecha: 05-Sep-2019
siendo suficiente que la demanda se plantee contra su representante legal o del directorio en su caso
En ese sentido, con carácter previo al análisis de los extremos supra señalados, corresponde indicar, que en cuanto al cumplimiento de la legitimidad pasiva en la presente acción tutelar, si bien es cierto que la misma fue dirigida solo en contra de la Directiva de la miembros de la Asociación de Comerciantes Minoristas en Artículos Varios “Central Nanagua”; y no así contra todos los suscribientes del Voto Resolutivo de 26 de enero de 2016 por el que fueron expulsados; no es menos evidente que conforme el Fundamentos Jurídicos III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, en caso de demandarse a entes colegiados conformados por varios miembros, la legitimidad pasiva observa cierta flexibilización, no siendo exigible que se demande todos y cada uno de los miembros, siendo suficiente que la demanda se plantee contra su representante legal o del directorio en su caso; tal como ocurrió en esta acción de defensa; por esta razón la legitimidad pasiva debe darse por cumplida.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de los demandados
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II
- i)
- Fragmento 12
- III.1. Sobre la flexibilización de la legitimación pasiva respecto de órganos colegidos
- III.2.
- procesos administrativos y en todos aquellos que se presentan en la esfera privada de las instituciones, asociaciones o cooperativas, donde se tenga que determinar una situación con efectos jurídicos que repercuten en los derechos de las personas
- debido proceso se encuentra ligado de manera íntima con el derecho a la defensa
- por ello, el derecho a la defensa es inviolable por los particulares o autoridades que impidan o restrinjan su ejercicio.
- debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- siendo suficiente que la demanda se plantee contra su representante legal o del directorio en su caso
- si la misma se hubiera emitido prescindiéndose de los mecanismos y procedimientos legales previstos para el efecto
- REVOCAR
- MAGISTRADO