SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0791/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0791/2019-S2

Fecha: 05-Sep-2019

siendo suficiente que la demanda se plantee contra su representante legal o del directorio en su caso

           En ese sentido, con carácter previo al análisis de los extremos supra señalados, corresponde indicar, que en cuanto al cumplimiento de la legitimidad pasiva en la presente acción tutelar, si bien es cierto que la misma fue dirigida solo en contra de la Directiva de la miembros de la Asociación de Comerciantes Minoristas en Artículos Varios “Central Nanagua”; y no así contra todos los suscribientes del Voto Resolutivo de 26 de enero de 2016 por el que fueron expulsados; no es menos evidente que conforme el Fundamentos Jurídicos III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, en caso de demandarse a entes colegiados conformados por varios miembros, la legitimidad pasiva observa cierta flexibilización, no siendo exigible que se demande todos y cada uno de los miembros, siendo suficiente que la demanda se plantee contra su representante legal o del directorio en su caso; tal como ocurrió en esta acción de defensa; por esta razón la legitimidad pasiva debe darse por cumplida.