SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2019-S1

Fecha: 04-Sep-2019

denegó

El Juez de Sentencia Penal Primero del departamento de La Paz -en suplencia legal de su similar Tercero-, constituido en Juez de garantías, por Resolución 07/2019 de 9 de mayo, cursante de fs. 31 a 32 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) El accionante alega la vulneración de su derecho a la defensa, señalando que las autoridades demandadas procedieron a reponer su providencia, determinando que no se le va notificar con las pruebas y que en audiencia se le otorgará el tiempo necesario para que revise las mismas; al efecto, interpuso corrección de procedimiento conforme el art. 168 del CPP; sin embargo, no presentó recurso de reposición según el art. “410” del citado código, para que el “Tribunal” proceda a la corrección y posteriormente apele, ya que según el art. 254.V del “Código Procesal Civil” se debe dictar un Auto; b) De conformidad a los arts. 125 de la CPE y 47 del Código Procesal Constitucional (CPCo), esta acción de defensa protege la vida y la libertad ante una ilegal persecución o un indebido procesamiento o persecución; en el caso presente, el impetrante de tutela no demostró la vulneración de su derecho; toda vez que, ante la negativa del Juez no interpusieron ningún recurso como el de reposición, que a su vez en caso de rechazo podía ser impugnado; y, c) El peticionante de tutela, se encuentra con medidas sustitutivas a la detención preventiva; asimismo, no se llevó adelante la audiencia de revocatoria de dicha medida, por ello de estimar la lesión de su derecho al debido proceso tenía la posibilidad de plantear otra acción tutelar.