Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2019-S1
Fecha: 04-Sep-2019
II.2.
II.2. Mediante memorial presentado el 17 de abril de 2019, Willy Wenceslao Contreras López -víctima en el proceso penal-, solicitó revocatoria de medidas sustitutivas dando cuenta que el imputado incumplió las mismas; además, en su Otrosí 2º, refirió “Adjunto en calidad de prueba las literales adjuntas al presente memorial, la totalidad del expediente así como la totalidad del cuaderno de investigación, se tenga presente” (sic); al efecto, los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Cuarto del departamento de
La Paz -ahora autoridades demandadas-, por proveído de 18 de igual mes y año, fijaron audiencia para el 6 de mayo de similar año (fs. 16 y vta.).
- acción de libertad
- la totalidad del expediente así como la totalidad del cuaderno de investigación
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 6
- denegó
- 1)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la acción de libertad no se encuentra sujeta al principio de subsidiariedad, pero que resulta aplicable de manera excepcional en aquellos casos donde la norma procesal ordinaria prevé específicamente medios de defensa idóneos y oportunos para resguardar el derecho a la libertad cuya lesión se denuncia; mecanismos intraprocesales que deben ser utilizados por el impetrante de tutela con carácter previo antes de acudir a la vía constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- en calidad de prueba las literales adjuntas al presente memorial, la totalidad del expediente así como la totalidad del cuaderno de investigación
- CONFIRMAR